¿CONOCE USTED LAS CONSECUENCIAS PARA LAS “ENTIDADES JURÍDICAS” POR LA APLICACIÓN DE ESTA LEY? |
Desde el pasado mes de marzo de 2020 existe en Panamá la obligación de identificar al beneficiario final de las sociedades y fundaciones panameñas.El incumplimiento de esta obligación, por parte de los Agentes Residentes, acarrea sanciones, llegándose a aplicar la suspensión de los derechos corporativos, incluso la disolución de la entidad jurídica. |
Si tiene dudas o preguntas con respecto a la aplicación de la norma o cómo puede afectar a su compañía o Fundación, en 360º Consulting Group estamos a su disposición para ayudarle.