¿CONOCE CÓMO PUEDE AFECTARLE LAS OBLIGACIONES DE LA LEY REFERENTE A REGISTROS CONTABLES?

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Como es de conocimiento general desde el año 2017 existe la obligación en Panamá de llevar Registros Contables para las sociedades anónimas con operativa fuera de Panamá o para cualquier entidad jurídica titular de activos, la obligación radicaba en indicar al Agente Residente qué persona y en qué lugar se llevaban los registros contables. A partir de la promulgación de esta Ley se han generado nuevos requerimientos para estas personas jurídicas, entre estos, entregar anualmente el soporte de estos registros contables a los Agentes Residentes.

Dentro de los requerimientos que se definen en la nueva normativa, se exige a las personas jurídicas, dependiendo de donde realizan su actividad o si son titulares de activos tanto dentro como fuera de Panamá, información precisa de:

  • Valor de los activos
  • Ingresos que generan dichos activos
  • Pasivos relativos a dichos activos
  • Estado de cuenta del custodio o balance general de la persona jurídica.
  • Libro Diario
  • Libro Mayor

El plazo para la entrega de esta información al Agente Residente es de 4 meses desde la fecha de finalización del año fiscal anterior (a más tardar el 30 de abril). Con excepción de este año 2022, por ser el primer año de implementación, el periodo se ha extendido hasta el 31 de octubre de 2022.

Este incumplimiento puede suponer sanciones que van desde los 5.000,00 USD a 1.000.000,00 USD, además de la suspensión de los derechos corporativos de la persona jurídica; y la imposibilidad de inscribir cualquier tipo de documento en el Registro Público.

Es importante tener en cuenta que estos soportes de registros contables no serán puestos a disposición del público, ni el Agente Residente estará obligado a presentarlos ante ningún regulador o entidad gubernamental de Panamá, salvo requerimiento previo, únicamente se reportará que la entidad jurídica cumple con la obligación de entrega de los soportes correspondientes.

EN 360º CONSULTING GROUP CONTAMOS CON PROFESIONALES PARA DAR CUMPLIMIENTO A LA LEY 254 SIN TENER QUE DESPLAZARSE.

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